lunes, 29 de julio de 2013

Endurecen multas viales, aplicarán también en Tepexi

Nota publicada en El Sol de Puebla
por Julieta Cerezo


Multas de hasta 3 mil 989.70 pesos por exceder la velocidad permitida, de 2 mil 455.20 por manejar en estado de ebriedad, de mil 841.40 pesos por hablar en el celular mientras conduce y de 3 mil 069 pesos por portar carga en vehículos no adaptados para ese fin, son algunas de las nuevas infracciones que se desprenden del Reglamento de la Ley de Vialidad de la entidad, que fue publicado por decreto el 17 de julio en el Periódico Oficial del Estado. 

En la nueva norma se elevan las multas vigentes para los automovilistas y se crean nuevas que alcanzarán a ciclistas, motociclistas y conductores de otros vehículos análogos; además, en ésta se incluye el soporte para la operación de radares en vialidades estatales y las penas económicas a pagar en función del rebase de la velocidad permitida. 

Quienes transiten por los bulevares Forjadores y del Niño Poblano, la recta a Cholula, Periférico Ecológico y la Vía Atlixcáyotl y rebasen la velocidad permitida, se harán acreedores a una multa que irá de los 3 mil 375.90 pesos a los 3 mil 989.70 pesos si la velocidad se excede más de 40 kilómetros de los permitidos; en caso de exceder por 31 y 40 kilómetros el límite, el costo será de entre mil 902.78 y 2 mil 455.20 pesos; para los 21 a 30 kilómetros sobrepasados del tope, la infracción va de los mil 288.98 pesos y llegará a los mil 841.40; finalmente por rebasar el límite de 1 a 20 kilómetros, la multa irá de 736.56 a mil 227.60 pesos. 

En el apartado V "De las normas generales de circulación" se refiere que tan sólo la infracción por la conducción de un carro bajo los efectos del alcohol, estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca efecto similar, elevó su costo un 40 por ciento, pasando de mil 473.12 pesos en el antiguo reglamento a una mínima de mil 841.4 a 2 mil 455.20 pesos; además, se crearon sanciones para quien organice y /o participe de arrancones o carreras en vía pública, para los que paren en estacionamiento destinado para discapacitados, para ciclistas que no usen casco, entre otras. 

Además, las nuevas multas serán aplicadas en los 35 puntos de cobertura de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) que se encuentran distribuidos en seis regiones que comprenden los municipios de San Martín Texmelucan, Huejotzingo, San Pedro Cholula, San Andrés Cholula, Puebla capital, Amozóc, Tepeaca, Tecali, Atlixco, Villa Lázaro Cárdenas, Xicotepec de Juárez, Nuevo Necaxa, Huauchinango, Zacatlán, Tetela de Ocampo, Chignahuapan, Cuetzalan, Hueytamalco, Zacapoaxtla, Teziutlán, Tlatlauquitepec, Libres, Tepeyahualco, Lara Grajales, San Salvador El Seco, Ciudad Serdán, Acatzingo, Tecamachalco, Tepexi de Rodríguez, Tehuacán, San Sebastián Zinacatepec, Izúcar de Matamoros, Atencingo, Chiautla de Tapia y Acatlán de Osorio. 

LAS NUEVAS SANCIONES 

El Reglamento de la Ley de Vialidad integra en su tabulador el apartado específico para la correcta circulación de bicicletas, motocicletas y otros vehículos análogos; de este grupo, sanciona la circulación en sentido contrario de la vía con 10 a 15 días de salario mínimo, con multas que van de los 613.80 pesos a los 920.70 pesos; transitar sobre las banquetas y áreas reservadas al uso exclusivo de los peatones con el mismo rango de jornadas y de dinero; cabe señalar que ambas infracciones equivalen prácticamente al costo de una bicicleta sencilla. 

Además, a ese grupo se le castigará por no usar casco con multas que irán de ocho a 12 días de salario mínimo, que representan de 491.04 a 736.56 pesos y por no cerciorarse de que los acompañantes usen casco con una penalización similar. 

En total, el nuevo reglamento se integra por seis apartados de infracciones que son: Señalización vial y mecanismo para regular el tránsito, Peatones, Escolares; De las normas generales de circulación; De la circulación de bicicletas, motocicletas y otros vehículos análogos; De la circulación del transporte de carga y de sustancias tóxicas y peligrosas; finalmente, De la circulación de los vehículos destinados al servicio público de transporte y transporte mercantil. 

Mover o destruir señalización vial, parcial o totalmente es una multa nueva con una sanción de 30 a 40 días de salario mínimo, es decir, con un costo de mil 841.40 pesos a dos 455.20 pesos. No conservar entre su vehículo y el que va adelante una distancia de seguridad razonable, le puede costar de entre 613.80 a mil 227.60 pesos.

En vías públicas, organizar o participar en competencias vehiculares de alta velocidad o arrancones, tendrá una penalización de 20 a 25 días de salario, lo que generaría un pago de los mil 227.60 pesos a los mil 534.50 pesos. 

En el caso de escolares, si usted es de los padres de familia que recoge a sus hijos justo en la entrada del colegio, el no poner en funcionamiento las luces intermitentes de advertencia para efectuar maniobras de ascenso y descenso le puede costar de 613.80 a 920.70 pesos. 

Una de las más caras, corresponde al circular con placas y tarjeta que no corresponden al vehículo, con una penalización de entre 30 a 40 días de salario mínimo, lo que representa un costo que va de los mil 841.40 hasta 2 mil 455.20 y, en comparación con la sanción anterior, representa un crecimiento de hasta el 40 por ciento, pues la multa original era de mil 473.12 pesos, es decir, 24 días de salario mínimo. 

También, el estacionarse en lugares para personas con discapacidad le generaría una infracción mínima de 491.04 pesos y máxima de 736.56 pesos, representando de 8 a 12 días de salario mínimo.

DESCUENTOS PARA INFRACTORES

De acuerdo con el artículo 68 del mencionado Reglamento, cuando se pague la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a partir de su expedición o de notificación de la boleta de infracción, tendrá un 50 por ciento de descuento. 

Después de 5 días, sin exceder los 10 días hábiles siguientes contados a partir de su expedición, tendrá un descuento del 25 por ciento. 

Cuando el infractor rebase el límite de velocidad permitida en la vía pública, no aplicarán las infracciones uno y dos del presente artículo, únicamente tendrá un descuento del 25 por ciento si el pago se realiza dentro de los 10 días hábiles a partir de su notificación. 

Además, el infractor tendrá un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de su expedición o, en su caso, de notificación de la boleta de infracción para realizar el pago.