jueves, 8 de enero de 2015

Excluye el PRI a liderazgos indígenas de su lista de candidatos a diputados

Prof. Fidencio Romero Tobón
Publicado por Mónica Camacho

Los liderazgos indígenas del Partido Revolucionario Institucional (PRI) exigieron a su partido ser incluidos en la lista de candidatos a las diputaciones federales, pues en los distritos de Huauchinango, Ajalpan y Zacapoaxtla no fueron considerados sus perfiles, aunque se trata de demarcaciones con alta concentración de pueblos originarios.

“Venimos a defender el derecho que tienen los indios de estar representados en la Cámara de Diputados, porque no estamos representados”, reprobó Fidencio Romero Tobón, secretario de Acción Indígena del Comité Directivo Estatal tricolor que se inscribió como aspirante de Ajalpan.

Actualmente, refirió en entrevista posterior a su registro, la Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara Baja del Congreso de la Unión se integra de 30 legisladores, de los cuales sólo nueve forman parte de las comunidades autóctonas.

En este proceso electoral, el PRI perfila en Huauchinango la postulación del ex edil de Xicotepec Carlos Barragán Amador, en Zacapoaxtla del ex legislador federal Óscar Aguilar González y en Ajalpan de la antorchista Edith Villa Trujillo, quien no pertenece al distrito pues es oriunda del estado de México y su trabajo político se ha concentrado en el municipio de Santa Inés Ahuatempan del distrito de Izúcar de Matamoros, según fuentes del instituto político.

Fidencio Romero encabezó ayer un grupo de ocho indígenas que solicitaron al tricolor su registro como a candidatos a las diputaciones de los tres distritos.

Ante el órgano auxiliar de la Comisión Nacional de Procesos Internos, aseguró que la participación de liderazgos indígenas en cargos de representación popular es defendida por diversos tratados internacionales suscritos por México y por los documentos básicos del Revolucionario Institucional.

“El Programa de Acción, artículo 181, señala que el PRI promoverá una mayor representación política de los pueblos y comunidades indígenas, tanto en los órganos de dirección nacional, estatal y municipal como en las candidaturas a cargos de elección popular de mayoría relativa y representación proporcional”, expuso en entrevista.

Además, refirió que la sección 2 del artículo 175, que forma parte de los estatutos obliga al tricolor a promover la nominación de candidatos que representen a los pueblos y comunidades indígenas predominantes “en las demarcaciones geográficas en las que la mayoría de la población sea indígena” como son Huauchinango, Zacapoaxtla y Ajalpan.


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